Desde el 1ro de enero de 2025 está en vigencia el sistema de recetas electrónicas en todo el territorio nacional. Las y los profesionales de nuestra cartilla y los centros de salud de la red Osdop se encuentran habilitados para emitir recetas válidas y generar órdenes y estudios médicos de forma digital.
De esta manera, las prescripciones médicas de nuestras afiliadas y afiliados quedan inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDis) según lo dispuesto por la Ley de Recetas Electrónicas y Digitales N 27553. Además, las y los médicos pueden cargar otras solicitudes que vayan a presentar con posterioridad en nuestra obra social.
Dicha ley contempla todas las prescripciones realizadas por profesionales de la salud: medicamentos, órdenes de prácticas, insumos, dispositivos, prótesis, ortesis, estudios complementarios y cualquier otra solicitud médica. A su vez, se establece la posibilidad de utilizar plataforma de teleasistencia para tratamientos en salud.
Las recetas electrónicas cuentan con una vigencia de 30 días corridos en el caso de los medicamentos, y de 60 días para estudios y tratamientos médicos. Por su parte, la receta manuscrita permanecerá como contingencia bajo condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.
Esta implementación se hace en conformidad con la Ley de Protección de los Datos Personales N 25326 y la Ley de Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento Informado N 26529, garantizando el resguardo de la información de nuestras y nuestros afiliados.
Para más información se puede consultar la web del Ministerio de Salud de la Nación.
Fuentes
Ley 27553 de Recetas Electrónicas y Digitales
Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS)